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mercredi 14 mai 2008

Unite for Human Rights - May 15th

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 BlogCatalog Uno de los tantos directorios de blogs hizo un llamado para que los bloggers/blogueros nos unamos y escribamos una entrada, hoy 15 de Mayo del 2008, acerca de los Derechos Humanos.

"Bloggers Unite is an initiative designed to harness the power of the blogosphere to make the world a better place. By challenging bloggers to blog about a particular social cause on a single day, a single voice can be joined with thousands of others to help make a real positive difference; from raising awareness for cancer, to an effort to better education systems or support 3rd world countries." [Seguir leyendo acá]

humanrightsbadge2Ok, a continuación mi humilde traducción a la cita de referencia que está en ingles más arriba y que saqué de la página de BlogCatalog [ver acá]

BlogCatalog dice que la Blogger United, la unión de bloggers, es una iniciativa diseñada para aprovechar el poder de la blogósfera para hacer del mundo un mejor lugar. Desafiando a que los bloggers a postear sobre una causa particular en un solo día, una simple voz puede unirse con cientos de otras voces para ayudar a realizar una real diferencia positiva; desde despertar conciencia por el cancer, a esforzarse para tener mejores sistemas educativos o ayudar a paises del 3º mundo. [ver acá]

humanrightsbadge3 Así como se instituyó el día de escribir sobre la ecología, el día de la tierra etc, BlogCatalog llamó a los bloggers del mundo a unirse en esta causa.

Y como soy muuu obediente! ji ji!! No quise estar ausente en esta "cruzada".

Así que por AQUÍ pueden ir a la página sobre Derechos Humanos de la ONU y por ACÁ a la Declaración Universal de Los Derechos Humanos.

A continuación voy a compartir los artículos que más me gustaron. Todos son importantes, pero estos son los que más me llegaron...

Artículo 1

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Artículo 18

Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

Artículo 19

Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Artículo 26

1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.

2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.

3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

Artículo 28

Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.

Artículo 29

1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.

2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.

3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 30

Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración

 

Y les dejo un videíto... Buen Jueves gente!!!

 

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